1

Año sabático1 El Señor habló a Moisés en el monte Sinaí:

2

 –Di a los israelitas:Cuando entren en la tierra que yo les daré, la tierra gozará del descanso del Señor.

3

 Durante seis años sembrarás tus campos y, durante seis años, vendimiarás tus viñedos y recogerás sus cosechas.

4

 Pero el séptimo será año de descanso solemne para la tierra, el descanso del Señor. No sembrarás tus campos ni vendimiarás tus viñas.

5

 No cortarás el grano que nazca por sí mismo ni recogerás las uvas del viñedo no podado. Es un año de descanso para la tierra.

6

 El descanso de la tierra les servirá de alimento a ti, a tu esclavo, a tu esclava, a tu jornalero, a tu criado y al emigrante que vive contigo.

7

 Su entera cosecha servirá de pasto a tu ganado y a los animales salvajes.

8

Año jubilar(Dt 15,1-12)8 Deberás contar siete semanas de años, siete por siete, o sea, cuarenta y nueve años.

9

 A toque de trompeta darás un mandato por todo el país, el día diez del séptimo mes. El día de la expiación harás resonar la trompeta por todo el país.

10

 Santificarán el año cincuenta y promulgarán la liberación en el país para todos sus moradores. Celebrarán jubileo, cada uno recobrará su propiedad y retornará a su familia.

11

 El año cincuenta es para ustedes un jubileo, no sembrarán, no cosecharán lo que vuelva a brotar de la última cosecha ni vendimiarán la viña que haya quedado sin podar.

12

 Porque es jubileo, lo considerarás sagrado. Comerán de la cosecha de sus campos.

13

 En este año jubilar cada uno recobrará su propiedad.

14

 Cuando realicen operaciones de compra y venta con alguien de su pueblo, no se perjudiquen unos a otros.

15

 Lo que compres a uno de tu pueblo se tasará según el número de años transcurridos desde el jubileo. Él, a su vez, te lo cobrará según el número de cosechas anuales:

16

 cuantos más años falten, más alto será el precio; cuantos menos, menor será el precio. Porque él te cobra según el número de cosechas.

17

 Nadie perjudicará a uno de su pueblo. Respeta a tu Dios. Yo soy el Señor, su Dios.

18

Exhortación y promesa(Éx 16,22s)18 Cumplan mis leyes y guarden mis mandatos, poniéndolos por obra, y habitarán tranquilos en la tierra.

19

 La tierra dará sus frutos, comerán hasta saciarse y habitarán tranquilos.

20

 Si se preguntan: ¿Qué vamos a comer el año séptimo? No hemos sembrado ni hemos recogido cosecha.

21

 Yo les mandaré mi bendición en el año sexto, para que produzcan cosecha para los tres años.

22

 Sembrarán en el octavo año y comerán de la cosecha pasada. Hasta el año noveno, hasta el tiempo de levantar la cosecha, seguirán comiendo de la pasada.

23

Consecuencias del año jubilar Bienes inmuebles(Rut 4,1-12)23 La tierra no se venderá a perpetuidad, porque es mía, y ustedes sólo están de paso por ella como huéspedes míos.

24

 Por lo tanto, en todas las tierras de su propiedad deben conceder a los dueños anteriores el derecho de volver a comprarlas.

25

 Si un hermano tuyo se arruina y vende parte de su propiedad hereditaria a su pariente más cercano, toca rescatar lo vendido por su hermano.

26

 El que no tenga quien lo rescate, si ahorra lo requerido para el rescate,

27

 descontará los años desde su venta, y pagará al comprador lo que falta, recobrando así su propiedad.

28

 Pero si no ha ahorrado lo requerido para el rescate, lo vendido quedará en poder del comprador hasta el año del jubileo, en que queda libre y vuelve a ser propiedad suya.

29

 El que venda una vivienda situada en una ciudad amurallada tiene derecho al rescate hasta que haya transcurrido un año desde la venta. Su derecho al rescate es limitado.

30

 Si no es rescatada en el plazo de un año, la casa situada en una ciudad amurallada queda definitivamente en propiedad del comprador y sus sucesores. No queda libre el año del jubileo.

31

 Los poblados no amurallados se consideran campos. Sus casas tienen posibilidad de rescate: quedan libres en el año del jubileo.

32

 Referente a las ciudades de los levitas, éstos tienen derecho perpetuo a rescatar las casas de las ciudades de su propiedad.

33

 Si no son rescatadas, quedan libres en el año del jubileo, porque las casas de las ciudades de los levitas son propiedad suya entre los israelitas.

34

 Los campos que rodean sus ciudades no se pueden vender, porque son propiedad perpetua de los levitas.

35

Conducta social(Dt 15,7s)35 Si un hermano tuyo se arruina y no puede mantenerse, tú lo sustentarás para que viva contigo como si fuera un extranjero o un huésped.

36

 No le exijas ni intereses ni recargo. Respeta a tu Dios y vive con tu hermano.

37

 No le prestarás dinero a interés ni aumentarás el precio de los alimentos que le des.

38

 Yo soy el Señor, su Dios, que los saqué de Egipto para darles la tierra de Canaán y ser su Dios.

39

Esclavos(Éx 21,2-6; Dt 15,12-18)Del propio pueblo39 Si un hermano tuyo se arruina y se te vende, no lo tratarás como esclavo,

40

 sino como jornalero o criado. Trabajará a tu servicio hasta el año del jubileo,

41

 cuando él y sus hijos quedarán libres para retornar a su familia y recobrar su propiedad paterna.

42

 Porque ellos son mis servidores a quienes saqué de Egipto, y no pueden ser vendidos como esclavos.

43

 No tratarás con dureza a tu hermano. Respeta a tu Dios.

44

Extranjeros44 Los esclavos y esclavas que ustedes tengan provendrán de los pueblos circundantes.

45

 También podrán adquirirlos entre los hijos de los criados emigrantes que viven con ustedes, entre sus familias nacidas en Israel. Ellos serán propiedad de ustedes para siempre.

46

 Se los dejarás en propiedad hereditaria a tus hijos cuando ellos mueran. Siempre podrán servirse de ellos, pero no tratarán a sus hermanos israelitas con dureza.

47

Israelita esclavo de un extranjero47 Si un emigrante o un criado mejora de posición y un hermano tuyo se arruina y se vende al emigrante o criado o a un descendiente de la familia del emigrante,

48

 después de haberse vendido tiene derecho a rescate. Uno de sus hermanos lo rescatará,

49

 o un tío suyo, su primo, o alguien de su parentela, o él mismo si ahorra lo necesario.

50

 Calculará con el comprador los años desde la venta hasta el jubileo, y el precio corresponderá al número de años, según la paga que se da a los trabajadores.

51

 Si quedan muchos años, se devolverá del precio de compra, como rescate, lo que corresponda a dichos años.

52

 Si quedan pocos años para el jubileo, pagará el rescate teniendo en cuenta los años que faltan.

53

 Cada año que pase con él, será como un jornalero. Y no permitirás que lo traten con dureza.

54

 Pero si no es rescatado de ninguna de estas maneras, él y sus hijos quedarán libres en el año jubilar.

55

 Porque los israelitas me pertenecen como servidores: son servidores míos, a quienes saqué de Egipto. Yo soy el Señor, su Dios.

Comentarios

25:1 - 25:7

Año sabático.

El año sabático de la tierra, ya legislado en Éx 23,10-11, está inspirado en el mismo esquema de seis días de trabajo y séptimo de descanso para los humanos, que, según la corriente sacerdotal (P), es una manera de continuar la práctica del Creador: seis días de creación y el séptimo de reposo (cfr. Gn 1,1–2,4a). En el caso de la tierra, son seis años de produc-ción y uno de descanso. Lo importante de esta ley es, en primer lugar, el respeto por la tierra como si se tratara de un ser viviente; la tierra era vista como una criatura con necesidad de reposo. En segundo lugar, los directos beneficiarios de los frutos que la tierra debía generar espontáneamente durante este año sabático: no solo el propietario, sino también el esclavo, la esclava, el jornalero, el emigrante, los ganados y las fieras.

25:8 - 25:22

Año jubilatorio – Exhortación y promesa.

Tal vez no exista en todo el Antiguo Testamento una ley de reforma social más radical que esta, la del jubileo, que intenta responder a situaciones de desigualdad e injusticia social. Era un hecho que la monarquía había traído consigo una serie de males a Israel, entre ellos el paso de una sociedad igualitaria a condiciones de desigualdad económica y social que muchas veces fueron objeto de denuncia por parte de los profetas (Am 2,6; 5,11; Hab 3,14; etc.). Desde la situación de exilio en la que se encuentra, Israel sueña con un regreso a la tierra y con la restauración de la nación. Como ya hemos visto, la corriente sacerdotal (P) concibe esa restauración desde la perspectiva de un culto perfecto. No sabemos si, por influencia del pensamiento deuteronomista (D) o por propia iniciativa, la corriente sacerdotal (P) incluye en su proyecto de restauración este mandato sobre el año jubilar, cuyo objeto es nivelar la sociedad periódicamente.
Este año, que debía celebrarse cada cincuenta años, se inauguraba en el marco del día de la expiación. Ese día se hacía sonar la trompeta por todo el país, cuyo sonido era el aviso del inicio del retorno a casa de aquellos israelitas que, por su empobrecimiento, habían tenido que venderse como esclavos, de la recuperación de la propiedad que también se había vendido a causa del empobrecimiento y del perdón o la condonación de las deudas (10-17). Al parecer, este jubileo nunca se celebró en Israel tras el retorno del exilio; al menos, no hay registro alguno en ninguno de los libros del Antiguo Testamento.

25:23 - 25:55

Consecuencias del año jubilar.

Las leyes contenidas en estos versículos pueden verse tanto como consecuencia del mandato del año jubilar como preparatorias para el jubileo. Hay una perspectiva muy importante acerca de la tierra: esta es propiedad del Señor, quien se la ha prestado a los israelitas; ellos son simplemente huéspedes del Señor o peregrinos (23). Se puede negociar con los terrenos y las casas, pero nunca de manera absoluta o definitiva, sino con miras a que vuelvan a manos de su dueño o de alguien de su descendencia (24-28). El empobrecimiento de un hermano no puede tener como contrapartida el enriquecimiento de otro sin quebrantar el proyecto de justicia de Dios.
De la legislación sobre la compraventa de propiedades se pasa a las relaciones de carácter social que, en definitiva, se fundamentan en la misma dinámica de compra y venta, con la posibili-dad de que el propio ser humano sea objeto de mercadeo. En favor del israelita, se propone tratarlo como hermano, no explotarlo ni abusar de él, ni siquiera tratarlo como esclavo; no así con quienes provienen de otros pueblos o etnias: esos sí podían comprarse o venderse como cualquier otro objeto comercial, formaban parte del patrimonio familiar e incluso podían ser dejados como herencia a los hijos (46).


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