1

Ley sobre el perdón de las deudas1 Cada siete años harás la remisión.

2

 La remisión consiste en lo siguiente: Todo acreedor condonará la deuda del préstamo hecho a su prójimo; no apremiará a su prójimo, porque ha sido proclamada la remisión del Señor.

3

 Podrás apremiar al extranjero, pero lo que hayas prestado a tu hermano lo condonarás.

4

 Es verdad que no habrá pobres entre los tuyos, porque te bendecirá el Señor, tu Dios, en la tierra que el Señor, tu Dios, va a darte para que la poseas en herencia,

5

 a condición de que obedezcas al Señor, tu Dios, poniendo por obra este precepto íntegro que yo te mando hoy.

6

 El Señor, tu Dios, te bendecirá como te ha dicho: tú prestarás a muchos pueblos y no pedirás prestado, dominarás a muchos pueblos y no serás dominado.

7

 Si hay entre los tuyos un pobre, un hermano tuyo, en una ciudad tuya, en esa tierra tuya que va a darte el Señor, tu Dios, no endurezcas el corazón ni cierres la mano a tu hermano pobre.

8

 Ábrele la mano y préstale a la medida de su necesidad.

9

 Cuidado, no se te ocurra este pensamiento rastrero: está cerca el año séptimo, año de remisión, y seas tacaño con tu hermano pobre y no le des nada, porque apelará al Señor contra ti, y resultarás culpable.

10

 Dale, y no de mala gana, porque por esa acción bendecirá el Señor, tu Dios, todas tus obras y todas tus empresas.

11

 Nunca dejará de haber pobres en la tierra; por eso yo te mando: Abre tu mano al pobre, al hermano necesitado que vive en tu tierra.

12

Ley sobre los esclavos y esclavas(Éx 21,1-11)12 Si se te vende tu hermano, hebreo o hebrea, te servirá seis años, y al séptimo lo dejarás ir en libertad.

13

 Cuando lo dejes ir en libertad, no lo despidas con las manos vacías:

14

 dale animales de tu rebaño, mucho trigo y vino, y le darás según te haya bendecido el Señor, tu Dios.

15

 Recuerda que fuiste esclavo en Egipto y que el Señor, tu Dios, te redimió; por eso yo te impongo hoy esta ley.

16

 Pero si él te dice: No quiero marcharme, porque me he encariñado contigo y con tu casa –porque le iba bien contigo–,

17

 toma un punzón, perfórale la oreja contra la puerta de tu casa y será tu esclavo para siempre; y lo mismo harás con tu esclava.

18

 No te parezca muy duro dejarlo ir en libertad; haberte servido seis años equivale al salario de un jornalero, y además el Señor, tu Dios, bendecirá todo lo que hagas.

19

Consagración de los primogénitos19 Todo primogénito macho que nazca de tus reses y ovejas, lo consagrarás al Señor, tu Dios. No trabajarás con el primogénito de tus vacas ni esquilarás el primogénito de tus ovejas.

20

 Te lo comerás cada año con tu familia en presencia del Señor, tu Dios, en el lugar que él elija.

21

 Si tiene algún defecto –cojo, ciego o cualquier otro defecto–, no lo sacrificarás al Señor, tu Dios.

22

 Podrás comerlo en tu ciudad en estado de pureza o impureza, como si fuese gacela o ciervo.

23

 Pero no comerás su sangre; la derramarás por tierra, como el agua.

Comentarios

15:1 - 15:11

Ley sobre el perdón de las deudas.

Este capítulo puede dividirse en tres partes. La primera, ley sobre el perdón de las deudas (1-11). La segunda, Ley sobre esclavos (12-18). Y la tercera, ley sobre la consagración de los primogénitos machos de los animales (19-23).
Los versículos 1-11 son, según muchos especialistas, una de las leyes más revolucionarias del Antiguo Testamento. Es probable que el perdón de las deudas no sea al-go exclusivo de Israel; al parecer, cuando en Mesopotamia ascendía un nuevo rey, éste condonaba las deudas de sus súbditos como una forma de congraciarse con el pueblo. Lo que sí es original de Israel es la reglamentación: cada séptimo año debía realizarse el perdón de las deudas entre los israelitas. Esta ley, aunque se sitúa en la época tribal, refleja en realidad un anhelo propio de la monarquía, cuando se redujeron las diferencias sociales entre ricos y pobres. Su objetivo principal es garantizar que no haya pobres permanentes en Israel (4).

15:12 - 15:18

Ley sobre esclavos.

También esta ley nos hace caer en la cuenta de que no se trata de un pueblo que está a punto de «cruzar el Jordán», sino del pueblo ya establecido en la tierra prometida y que ha sufrido todo tipo de injusticias, entre ellas la esclavitud.
Desafortunadamente, la corriente deuteronomista (D) no condena la esclavitud ni la estructura que la genera, pero al menos se ocupa de proponer algo que, en parte, resulta justo para quienes tenían que venderse como esclavos. Era lo máximo que podía hacer en su momento histórico y, con toda seguridad, esto pudo ser «buena noticia» para los desafortunados esclavos y «mala noticia» para los esclavistas. Esta ley regula las relaciones de los amos con sus esclavos; pese a retomar Éx 21,1-11, amplía la ley, tratando de forma separada a los esclavos y a las esclavas. La llamada del Señor, en ambos casos, es a ser generosos. La ley contempla, además, la posibilidad de que un esclavo no quiera marcharse en el año séptimo, en cuyo caso el amo lo marcará como propiedad «para siempre».
Es posible que hoy no exista en ningún país la esclavitud como forma «normal» de producción. Sin embargo, los salarios de hambre y las condiciones infrahumanas en las que millo-nes de hombres y mujeres tienen que rebuscar su sustento, ¿no son, acaso, condiciones similares o peores que las de un esclavo?

15:19 - 15:23

Consagración de los primogénitos.

Desde muy antiguo, Israel, como muchos otros pueblos, supuso la propiedad divina de todo cuanto existe (cfr. Sal 50,10s), de modo que siempre mantuvo la costumbre de dedicar a su Dios los primeros frutos de los productos agrícolas y de sus ganados. También existió la tendencia, practicada en otros pueblos, de ofrecer al Señor el primo-génito de la familia (cfr. 2 Re 16,3). No se alude aquí a los primeros frutos de la cosecha ni a los primogénitos humanos. Solo se mencionan los primogénitos del ganado, pues al consagrar el primer macho quedaba consagrado todo el rebaño. El animal debía ser perfecto, ya que no se ofrece al Señor nada defectuoso (21). También se subraya el carácter de banquete comunitario de esta ofrenda, que debía ser comida en presencia del Señor (20). El texto reconoce la propiedad absoluta de Dios sobre todo cuanto existe; por eso, no hay justificación para acaparar los bienes de la creación, y mucho menos para dejar a otros sin nada. Así, este pasaje puede constituir una buena conclusión de la ley sobre el perdón de las deudas y la liberación de los esclavos.


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