1

 No sacrificarás al Señor, tu Dios, toros o corderos mutilados o deformes: eso sería una abominación para el Señor, tu Dios.

2

 Si en una de las ciudades que te dará el Señor, tu Dios, se encuentra un hombre o una mujer que hace lo que es malo a los ojos del Señor, tu Dios, quebrantando su alianza,

3

 porque adora a dioses extranjeros y se postra ante ellos o ante el sol, la luna o el ejército entero del cielo, haciendo lo que yo prohibí,

4

 y te los denuncian o te enteras, primero investigarás a fondo, y si resulta cierto que se ha cometido tal abominación en Israel,

5

 sacarás a las puertas al hombre o a la mujer que cometió el delito y lo apedrearás hasta que muera.

6

 Sólo con el testimonio de dos o tres testigos se declarará la sentencia de muerte; nadie será condenado a muerte por el testimonio de un solo testigo.

7

 La mano de los testigos será la primera en la ejecución y seguirá todo el pueblo. Así extirparás de ti la maldad.

8

 Si una causa te parece demasiado difícil de juzgar, causas dudosas de homicidio, pleitos, lesiones que surjan en tus ciudades, subirás al lugar designado por el Señor.

9

 Acudirás a los sacerdotes levitas y al juez que esté en funciones, y les consultarás; ellos te comunicarán la sentencia.

10

 Lo que ellos te digan en el lugar elegido por el Señor, tú lo harás y cumplirás su decisión.

11

 Cumplirás su decisión y pondrás en práctica su sentencia, sin apartarte a la derecha ni a la izquierda.

12

 El que, por arrogancia, no escuche al sacerdote puesto al servicio del Señor, tu Dios, ni acepte su sentencia, morirá. Así extirparás de Israel la maldad,

13

 y el pueblo aprenderá la lección al enterarse, y nadie volverá a obrar con arrogancia.

14

Ley del rey(1 Sm 8; 12)14 Cuando entres en la tierra que va a darte el Señor, tu Dios, la tomes en posesión, habites en ella y te digas: Voy a nombrarme un rey, como los pueblos vecinos,

15

 nombrarás rey tuyo al que elija el Señor, tu Dios, nombrarás rey tuyo a uno de tus hermanos, no podrás nombrar a un extranjero que no sea hermano tuyo.

16

 Pero él no aumentará su caballería ni enviará tropas a Egipto para aumentarla, porque el Señor les ha dicho: No volverán jamás por ese camino.

17

 No tendrá muchas mujeres, para que no se extravíe su corazón, ni acumulará plata ni oro.

18

 Cuando suba al trono, se hará escribir en un libro una copia de esta ley, según el original de los sacerdotes levitas.

19

 La llevará siempre consigo y la leerá todos los días de su vida, para que aprenda a respetar al Señor, su Dios, poniendo en práctica las palabras de esta ley y estos mandatos.

20

 Que no se alce orgulloso sobre sus hermanos ni se aparte de este precepto a derecha ni a izquierda; así alargarán los años de su reinado él y sus hijos en medio de Israel.

Comentarios

16:18 - 17:13

Los jueces: administración de la justicia.

Los versículos finales del capítulo 16 (18-20) establecen el criterio fundamental para la administración de la justicia por parte de los jueces y oficiales que se suponía que existían en el período tribal. Las tradiciones más antiguas sobre el Éxodo nos hablan de la decisión de Moisés de repartir entre setenta ancianos la responsabilidad de gobernar y juzgar los pleitos del pueblo. Esa misma tradición aparece en el discurso introductorio de 1,15-18 y aquí se vuelve a aludir a ella. La autoridad del pueblo reposa en jueces y oficiales que no pueden actuar según su parecer, sino de acuerdo con un criterio de justicia propio de Dios, que el juez y el magistrado deben repro-ducir en el pueblo.
Recordemos que este texto surge también como una necesidad de poner remedio a la corrupción de los jueces y al descuido y desprecio por la causa de los débiles y empobrecidos (cfr. 1 Sm 8,1-3). Aunque la norma aparece como un programa de futuro: «cuando entres en la tierra…», en realidad, el pueblo ya ha atravesado el período de decadencia de sus instituciones. El texto obedece, por tanto, a una lectura del pasado y al reconocimiento de que dicha decadencia y la injusticia entraron precisamente por la falta de un mayor compromiso con los términos de la alianza, que incluía la rectitud en el juicio (cfr. Éx 23,6-8).

17:14 - 17:20

Ley del rey.

Por 1 Sm 8,1-5 sabemos que la organización tribal en Israel fue diluyéndose hasta que se estableció la monarquía (1 Sm 8,6-22). Obviamente, la monarquía no fue un deseo del Señor, sino de las autoridades del pueblo. La corriente deuteronomista (D) se caracteriza por su posición crítica respecto a la gran mayoría de los reyes, pero no alcanza a descubrir que el problema era estructural, no simplemente coyuntural; era la estructura monárquica, con todo lo que representaba, la que abrió las puertas a la injusticia, a la división entre ricos y pobres, entre ciudad y campo. Por eso, 17,14-20 no es, en realidad, una advertencia «para cuando entres en la tierra…», sino la dolorosa constatación de todo cuanto había propiciado la monarquía como estructura de poder e instrumento de injusticia. Los versículos 18-20, que serían un llamado a la santidad del rey, son la prueba de que, por más santo que sea un dirigente –político, econó-mico, religioso–, no cambia en absoluto la raíz misma de la estructura hasta que esta no sea completamente transformada. Eso lo entendió perfectamente Jesús, y en esa clave habría que leer el pasaje de las tentaciones que nos presentan los sinópticos (cfr. Mc 1,12s; Mt 4,1-11; Lc 4,1-13), su abierto rechazo a ser proclamado rey (Jn 6,15) y sus duras palabras contra Pedro cuando se opone a que él realice su función mesiánica desde la entrega y el servicio. Ese mismo criterio, esa misma intuición y ese mismo descubrimiento que hace Jesús, son el camino de la realización de nuestro proyecto cristiano en el mundo. ¿No será acaso necesario redescubrirlo?


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