Estos dos capítulos recogen prácticamente lo ya legislado en Levítico 23 sobre las diferentes ofrendas que debían presentarse al Señor con motivo de las grandes festividades; sin embargo, advertimos varias novedades: 28,9s menciona por primera vez en el «corpus legislativo del culto» una ofrenda que debía ser presentada el sábado, sin paralelo en el Pentateuco, pero sí en Ezequiel (Ez 46,4s), lo cual hace suponer que se trata de una ley que surge en el destierro y que posiblemente perdura hasta la época del Nuevo Testamento. La segunda novedad es la ley sobre los sacrificios el día primero de cada mes; es decir, el día de luna llena, cuya fiesta se menciona sin regulaciones precisas en Nm 10,10; 1 Sm 20,5; Is 1,13; Sal 81,4.
Nótese que, por regla general, a una ofrenda animal le corresponde también una ofrenda vegetal. La intención teológica y pastoral de estas regulaciones es el reconocimiento permanente por parte del pueblo de la total soberanía del Señor mediante el ofrecimiento de parte de lo que el mismo Señor ha dado a sus hijos; el israelita debía tener en mente que no era él quien daba algo al Señor: era el Señor quien le había dado a él, y, en reconocimiento, devolvía parte de lo recibido. Desafortunadamente, no siempre se entendió así esa dinámica, sino que se llegó a pensar que el Señor necesitaba esas ofrendas o que, con ellas, los israelitas podían comprarse algún favor divino; al menos, eso es lo que se puede deducir del Sal 50.
