Si no es rescatada en el plazo de un año, la casa situada en una ciudad amurallada queda definitivamente en propiedad del comprador y sus sucesores. No queda libre el año del jubileo.
Si no es rescatada en el plazo de un año, la casa situada en una ciudad amurallada queda definitivamente en propiedad del comprador y sus sucesores. No queda libre el año del jubileo.