Desde el día quince del séptimo mes, recogida ya la cosecha, celebrarán la fiesta del Señor durante siete días. El primero y el octavo son días de descanso solemne.
Desde el día quince del séptimo mes, recogida ya la cosecha, celebrarán la fiesta del Señor durante siete días. El primero y el octavo son días de descanso solemne.