Pero si lo consagra después del jubileo, el sacerdote calculará el dinero que corresponde a los años que faltan hasta el próximo año jubilar, y hará el descuento correspondiente.
Pero si lo consagra después del jubileo, el sacerdote calculará el dinero que corresponde a los años que faltan hasta el próximo año jubilar, y hará el descuento correspondiente.